Razones de accesibilidad (apertura y cierre automático por sensores de detección de personas y eficiencia energética obligan a modificar el sistema de cierre del acceso frontal de los quioscos, debiendo diseñarse un sistema de puertas curvas correderas automáticas.
Razones de accesibilidad al público aconsejan también modificar el diseño de los
equipamientos interiores de los quioscos para mejorar las condiciones de exposición y
almacenaje de los productos habituales de la actividad comercial (prensa, etc.).
El Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, que se publica con la obra ya en ejecución, en su Artículo 29. Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización, apartado 3, dice: Los edificios y locales con acceso desde la calle incluidos en el ámbito de aplicación de la I.T. 3.8 del RITE dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado,…, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro energético por las pérdidas de energía al exterior, independientemente del origen renovable o no de la energía utilizada para la generación de calor y frío por parte de los sistemas de calefacción y refrigeración.
En el caso del diseño original de los quioscos contemplado en el proyecto de construcción inicial, este mecanismo no está previsto y además resultaría inviable su instalación por el tipo de vidrio templado contemplado en dicho proyecto, por lo que se hace necesaria la modificación del diseño estructural de los quioscos para que puedan albergar el mencionado mecanismo de cierre automático.
Por otra parte, el mismo artículo 29 en su apartado uno, limita la temperatura a menos de 19º en invierno y más de 27º en verano. El Real Decreto-ley 14/2022 explica en el mismo apartado por qué se legisla esta limitación: Las limitaciones anteriores se aplicarán exclusivamente durante el uso, explotación y mantenimiento de la instalación térmica, por razones de ahorro de energía.
El tipo de vidrio templado con el que se han diseñado los quioscos en el proyecto de construcción inicial no permite garantizar que la temperatura interior de los quiscos quedará comprendida entre los 19 º y los 27 º que fija el RD al no disponer de cámara de aire entre láminas de vidrio.
Para dar cumplimiento a este rango de temperaturas, se propone modificar la envolvente lateral de los quioscos cambiando el vidrio original de un solo bloque por dos vidrios con una cámara de gas argón de 12 mm de espesor entre láminas de vidrio, lo que permitirá, tal y como persigue el Real Decreto- Ley 14/2022, alcanzar las temperaturas previstas con unos consumos energéticos sustancialmente menores. Esta mejora de eficiencia energética se traduce directamente en una mejora de la habitabilidad y grado de confort en el espacio interior de los quioscos.
Esta modificación se considera de especial importancia en unas dependencias como son estos quioscos de venta al público, donde el trabajador debe permanecer un gran número de horas al día, en condiciones climáticas extremas en algunos casos, tanto por humedad como por temperatura.
Se mejoraría así notablemente la eficiencia energética de los quioscos, con menos transmisión de frio y calor a través de su fachada, así como se mitigarían en gran medida los niveles de ruido que penetra en su interior, aportando una notable mejora de la sensación de confort tanto a los usuarios como a los comerciantes frente a los quioscos diseñados en el proyecto de construcción inicial.