Méndez Álvaro | Madrid

Para mi poner en vertical lo que está en horizontal siempre «es bien».

Ojalá cundiera en barrios abigarrados.

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Bueno, no siempre. Y mira que a mi me gusta una torre… Pero yo no cambiaría el complejo de Repsol por un edificio en altura. Creo que la ciudad debe tener las dos cosas, para general diversidad y sobre todo en ciertas zonas. A mi me encanta NY, pero cada cuando he ido, he terminado por agobiarme un poco, necesitaba algo más de espacio abierto y campo de visión.

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Creo que algo intermedio sería la solución. Al estilo París. Áreas como la Defense, con torres por doquier, pero el centro limitado por la altura de la Torre Eiffel.

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En noviembre de 2017 se firmó un convenio entre el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad (Consejería de Educación) por el cual el primero de ellos cedía al segundo una parcela de su propiedad para la ejecución de un Instituto de Educación Secundaria. Se trataba de establecer un derecho de superficie por 75 años sobre el suelo de procedencia Proyecto de Compensación del APR 02.06 “Méndez Álvaro Norte” UE2 para construir el Instituto “Antonio Fraguas”, calle de Jacaranda

Ahora se amplia el objeto del convenio para incluir en la misma parcela una Escuela Infantil de Primer Grado, constituyendo así un Complejo Educativo.

https://www.bocm.es/bocm-20230302-32

Como curiosidad, en el convenio original se deslizó una de esas erratas tipográficas que tanto bien hacen al lenguaje. Al describir el tunel que atraviesa la parcela se define a este como

… Bajo la parcela de este apartado, discurre un túnel ferroviario, de naturaleza demonial y eventualmente como propiedad físicamente superpuesta …

Dejando claro el carácter luciferino de tal infraestructura

En el plano que se adjunta podemos recordar el aspecto que tenía el ambito antes de su reparcelación

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Te copio aqui un párrafo del Convenio del que hablo en la entrada anterior

Tanto el túnel ferroviario existente como el saneamiento previsto, ambos de interés público, en cuanto no interfieran en su funcionamiento y trazado, serán compatibles con el régimen de usos de las parcelas afectas previstas en el Plan, si bien la franja bajo la que discurran, deberá catalogarse como “zona libre de edificación”, lo que aquí se hace constar a los efectos oportunos.

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Entonces, ¿en la parcela rodeada en rojo falta una escuela infantil? A ver si esta vez se esmeran un poco con el diseño…

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Bueno, creo que me ha faltado precisión en el comentario, cuando pienso en poner algo en vertical es bajo la premisa de mantener la parcela preexistente, por lo que el espacio a sus pies no permitiría un Nueva York, como mucho un Benidorm.

Un ejemplo claro es la nadería de Raimundo Fernández Villaverde, si hubiese sido una torre con jardín perimetral la calle Maudes habría salido muy beneficiada.

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Muchas gracias por la info, los que os peleáis con los Boletines Oficiales tenéis mi más absoluta admiración jeje.
Entiendo lo mismo que @Rakshasa, que en la parte más cercana a las vías se construirá la escuela infantil, que falta le hace a la zona. La única pública que hay en la zona (Calle Eros) es del Ayuntamiento y tiene listas de espera de 150-200 alumnos en algunos cursos, y la de la Comunidad en la Calle Ramírez de Prado ya pilla más retirada.
Por lo que entiendo de “zona libre de edificación”, encima del túnel se podrá hacer un parque y poco más, no?

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No entiendo la necesidad de hacer ese parque cuando caben otras dos torres más.

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La necesidad es limitar la edificabilidad de esa parcela, esas otras dos torres que demandas tendrían problemas jurídicos aunque las levantase el mismo ayuntamiento.

El Corte Inglés tiene un exceso de edificabilidad de 7.500 m2, que tiene que derribar por sentencia.

Con esta operación todos salen ganando, el corte inglés cumple la sentencia y consigue beneficios con el cambio de calificación, el ayuntamiento cumple la sentencia y evita una muy posible indemnización al corte inglés.

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No, si la explicación, ya la había leído aunque se agradece. Pero aún así era tan sencillo como que el ayuntamiento permitiese la modificación del proyecto y que se hicieran un par de torres más. Realmente no entiendo el problema aquí.

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El tema es que ECI podría haber tirado su edificio y coger esa edificabilidad legal que tiene para construir oficinas igualmente.

Pero el ayuntamiento no habría obtenido nada a cambio, que es lo que te ha faltado en la enumeración: el ayuntamiento obtiene sueño dotacional.

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Estaba calificado como terciario comercial, por lo que no podía construir oficinas.

El corte inglés podía derribar el exceso de edificabilidad y conservar el resto del centro o derribar todo el centro y comercializar el solar con la edificabilidad permitida como espacio comercial, pero en ningún caso como oficinas.

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Para poder realizar un incremento de edificabilidad se establece una carga legal que supone un incremento del espacio destinado a dotaciones en el mismo ámbito.

La sentencia que establece el derribo de los excesos de edificabilidad viene motivada por qué las dotaciones correspondientes a estos excesos se generaban en otros ámbitos, que no tenían relación con el lugar donde se producía el incremento de edificabilidad.

La sentencia anula la Modificación por ausencia de justificación de la delimitación del ámbito de actuación discontinuo que crea, con evidente desvinculación entre el incremento del aprovechamiento y las nuevas dotaciones públicas creadas por aquella

Es el mismo caso por el que no se permitió al Real Madrid el proyecto inicial de reforma del Bernabéu

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Es una escuela infantil, si
https://madrid365.es/servicios/la-region-anuncia-la-construccion-de-cinco-nuevas-escuelas-publicas-20220620-1505/

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He hecho estas fotos del edificio de “La Sociedad Gasificadora Industrial”, por si alguien las quiere ver,

Foto 1

Foto 2

Foto 3

Foto 4

Foto 5

Foto 6

Foto 7

Foto 8

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¿El edificio está ocupado? Nunca se ve gente en las fotos.

Todavía no, creo que ni siquiera está acabado del todo creo. Y falta la implantación de oficinas del inquilino.

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Regalito:

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