Estaba calificado como terciario comercial, por lo que no podía construir oficinas.
El corte inglés podía derribar el exceso de edificabilidad y conservar el resto del centro o derribar todo el centro y comercializar el solar con la edificabilidad permitida como espacio comercial, pero en ningún caso como oficinas.
Para poder realizar un incremento de edificabilidad se establece una carga legal que supone un incremento del espacio destinado a dotaciones en el mismo ámbito.
La sentencia que establece el derribo de los excesos de edificabilidad viene motivada por qué las dotaciones correspondientes a estos excesos se generaban en otros ámbitos, que no tenían relación con el lugar donde se producía el incremento de edificabilidad.
La sentencia anula la Modificación por ausencia de justificación de la delimitación del ámbito de actuación discontinuo que crea, con evidente desvinculación entre el incremento del aprovechamiento y las nuevas dotaciones públicas creadas por aquella
Es el mismo caso por el que no se permitió al Real Madrid el proyecto inicial de reforma del Bernabéu
Es el de Repsol?
Eso iban a ser apartamentos corporativos de lujo y residencial de media estancia por debajo. De bastante lujo en un inicio, luego rebajaron un poco el asunto.
Era un desarrollo mixto, parte oficinas, parte eso.
La 1 mola bastante,tiene un rollo muy moderno…un Madrid que ni imaginábamos en los 80\90
Y el colmatado también me gusta bastante, es pelín caótico pero queda dabuti jejejeje