Madrid: Proyectos y Construcción

Para que un render muestre un paisaje real entonces la realidad debería ser estática para no diferenciarse de la imagen estática del render.

Obviamente esto es imposible.

El problema es que quieres equiparar algo dinámico con algo estático.

Mind, o yo debo explicarme muy mal o tú no quieres entender.

Yo no me quejo de que un render no presente la realidad de forma milimétrica. Me quejo de aquellos casos en que la realidad difiere tanto del render que no están representando lo mismo, ni por asomo.

Te pongo un ejemplo de un área que yo si domino, la publicidad.

Si tu compras este ramo de flores porque ves esta imagen en la web (izquierda) y recibes la de la derecha es un ENGAÑO y es denunciable.

No vale decir “ya sabemos como es la publicidad, el problema es tuyo si no entiendes que esta idealizado”. Es que es un fraude. Lo mismo con los renders.

1 me gusta

Ese ejemplo es de denuncia en consumo

Efectivamente. De hecho ya hay sentencia en contra dándole la razón al consumidor.

Aquí estás hablando de un producto.

Para mi un render que muestra un paisaje urbano no está hablando de un producto sino de una idea.

A lo mejor tú si crees que un render trata acerca de un producto, pero no es algo que venga así definido por una normativa y si no viene definido en una normativa entonces el autor del render tiene libertad para representar lo que le parezca.

Hasta donde yo sé, un edificio, una acera…es un producto.

Si la “normativa” permite que un render pueda publicitar que un edificio va a ser una esfera y lo que se construye es una pirámide y no pasa nada, entonces los siento, “la normativa” está mal y hay que cambiarla.

1 me gusta

No hay normativa.

permite que un render pueda publicitar que un edificio va a ser una esfera y lo que se construye es una pirámide

¿Y si finalmente se construye una esfera ligeramente ovalada?¿Y si el render muestra un 50% de transparencia y finalmente parece ser un poco mayor, del 55% por ejemplo?

La cantidad de situaciones es infinita, no se puede regular de forma efectiva lo que se puede renderizar y lo que no ni de qué forma renderizar.

Esta discusión no tiene ningún sentido si no tenemos en cuenta que esos renders de los que hablas se hacen en una fase muy temprana del proyecto y muestran una idea de lo que los arquitectos quieren conseguir. Se nota que no sabes lo terriblemente complejo que es el proceso de diseñar un edificio y todos los hándicaps a los que se enfrentan los arquitectos, promotores, constructores, etc durante los meses (o años) que dura. Hay tantísimos factores que inciden que es prácticamente imposible que no haya cambios (y la mayoría de veces no es culpa de los arquitectos, que te aseguro que lo último que quieren es engañar)

1 me gusta

En el caso de esa imagen por ejemplo la idea de los arquitectos era crear un vestíbulo desde la plaza hacia la estación de Metro de Plaza de España.

Meses después de hacer esa imagen Metro de Madrid dijo que de crear un acceso desde la plaza nada de nada, pero la imagen ya había sido creada.

1 me gusta

Porqué no? A mi me resulta muy obvio cúando el render es un disparate.

A ti el render de la plaza de España te parece acertado?

En ese caso:

  1. Define y acota el concepto de “disparate”.
  2. Define el responsable del “disparate” ¿el sujeto que hizo el render?¿el sujeto que hizo la obra?¿la persona que pasa por ahí durmiendo en cartones y que no salía en el render?¿el vecino que tiende la ropa en el balcón cuya ropa no salía en el render?

Estás pidiendo poner puertas al campo.

1 me gusta

Insisto. Soy plenamente consciente de la complejidad de un edificio. No estoy hablando de diferencias menores. Estoy diciendo que a la ciudadanía se le promete esto (medios de comunicación, ruedas de prensa, noticias etc etc)

Y el resultado final es éste:

Y yo lo que digo es que ME NIEGO a asumir que este engaño es justificable.

No sé quién tiene que hacerse responsable: si el que crea el render, los que lo aprueban, los que reciben la obra o el político de turno que anuncia algo que no es cierto.

Pero esto es una tomadura de pelo y me niego a normalizarla.

6 Me gusta

Sí, @Mind_the_gap, ya sabemos que la normativa ampara muchas cosas, pero tú no vas a cambiar que es una tomadura de pelo y que hay que empezar a exigir, cambiando la normativa si es mecesario para ello, que lo que se vende sea fundamentalmente lo que se entrega y cual es el margen de desvío aceptable. El resto es aceptar tomaduras de pelo.

2 Me gusta

Hay otra opción que es comprender que un render solo muestra un deseo o una idea.

1 me gusta

Ya te he respondido con el ejemplo de Plaza de España: no se parece en nada a la realidad, es un espacio en el que ni las cotas, ni materiales, ni diseño, ni distribución, absolutamente NADA tiene que ver con la realidad.

Mientras tanto sigues haciéndome luz de gas insinuando que me quejo de que en los “render no salen personas durmiendo en cartones”.

Es que hasta me resulta ofensiva la caricaturización que estas haciendo de mis mensajes.

3 Me gusta

Bueno yo ya he dicho mi opinión.

Supongo que quizá la OCU podrá arrojar más luz sobre esto.

Otra opcion es comprender que no se puede anunciar un proyecto tirando de charlatanería.

Y que exigir honestidad es lo correcto.

1 me gusta

En publicidad por ejemplo, aplica este criterio:

“Las comunicaciones comerciales no deberán ser engañosas. Se entiende por publicidad
engañosa aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios,
siendo susceptible de alterar su comportamiento económico, siempre que incida sobre alguno
de los siguientes aspectos: (…) b) Las características principales del bien o servicio, tales como
su disponibilidad, sus beneficios, sus riesgos, su ejecución, su composición, sus accesorios, el
procedimiento y la fecha de su fabricación o suministro, su entrega, su carácter apropiado, su
utilización, su cantidad, sus especificaciones, su origen geográfico o comercial o los resultados
que pueden esperarse de su utilización, o los resultados y características esenciales de las
pruebas o controles efectuados al bien o servicio”.

Sigues hablando de productos (bienes o servicios).

Para mi el paisaje urbano no es un producto.

Pero vamos que todo esto si lo ves como un problema se solucionaría obligando a los estudios a que siempre incluyan una nota a pie de página indicando “imagen conceptual no vinculante” para quien lo necesite.

Y ya no me repito más.

Mind, tú pusiste en duda hasta el plano volumétrico que presentaron.

Dijiste que ya veríamos lo que se aprobaba finalmente.

¿Si se aprueba algo con una ordenación distinta podríamos hablar de estafa? ¿O tampoco?