Madrid: La Saturación del Centro

uy, gracias por la corrección!

A lo que me quería referir, que hay muchas viviendas que tienen la licencia por parte de la CAM pero no la del Ayuntamiento, así que sí existe un registro de al menos parte de VUT ilegales.

El hilo de Giraldo que yo recordaba
https://x.com/giraldeo/status/1783543897689371102

A la pregunta ¿por qué abren con tanta facilidad VUT ilegales en Madrid? Pues resumo, para abrir una VUT necesitas dos trámites:

  1. Autorización de la Comunidad de Madrid. Esto es lo que todas tienen. Es como un “alta de actividad turística”. Se concede siempre. Es sencillo pedirla, no hay apenas requisitos.
  2. Licencia urbanística del municipio. En Madrid el Plan de Hospedaje establece que para obtenerla necesitas unos requisitos, como el acceso independiente dentro de la almendra central. (Pero otros municipios tienen sus condiciones)

Qué sucede, pues que evidentemente la mayoría de ellas en Madrid ciudad, dentro de la almendra central, no tienen acceso independiente por lo que jaman podrían obtener la licencia del Ayuntamiento. Pero, en cambio, la Comunidad de Madrid no contrasta esto y la autorización se la da. Y solo con esto, esa inmensa mayoría abren. (Mal)

No, no pueden sin la licencia. Son ilegales porque no son conformes a la normativa urbanística por mucho que se les haya autorizado la actividad.
Falla: que la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos no crucen sus datos y que las plataformas de anuncios no exijan ambos trámites para poder anunciarse.

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Para obtener la autorización de la CAM se presenta una declaración responsable, según la cual dices cumplir todos los requisitos, la documentación que se exige es mínima.

La presentación de la Declaración Responsable implica la posesión de los siguientes documentos que podrán ser aportados voluntariamente por el declarante o en su caso, ser requeridos posteriormente mediante inspección**:

  1. Escritura de constitución de la sociedad, en su caso
  2. Documento que acredite la disponibilidad del local (Escritura de Compra-Venta, Contrato de Arrendamiento o de cesión, u otros).
  3. Seguro de Responsabilidad Civil.
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Estoy alucinando con que algunos todavía crean que esto se acotará con papeleos, trámites administrativos y burocracia.

Ya lo dije pero conozco hasta personas en situación irregular en España que alquilan habitaciones por Airbnb. Que alguien vaya a hablarles de declaraciones responsables, autorizaciones y licencias urbanísticas, que se oirá la carcajada a kilómetros.

Cuanto antes se comprenda que esto es un asunto de comercio online y no de ordenanzas municipales antes se podrá solucionar.

Cuando antes se comprenda que esto se regula en muchas paises y ciudades del mundo menos aqui antes acabaremos con el problema.

Regular claro que se puede regular.

Mañana el Ayuntamiento podría sacar una ordenanza municipal de 500 páginas. O de 2.000.

Y el negocio seguiría funcionando.

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A ver mira, entiendo a lo mejor no ves como hacerlo pero en muchas partes se hace, no es tan complicado.
Airbnb y booking estan obligados en muchos paises a dar los datos de reservas a la hacienda del pais.
Y como te comente en muchos paises tienes que tener una licencia para poner un anuncio en una plataforma.
Puedes querer o no querer hacerlo pero decir que no se puede no vale porque otros paises si que pueden.

Eso ya se ha legislado en España porque además es una normativa europea que hay que trasponer.

La aprobación de la medida sirve para cumplir con la nueva normativa europea sobre recogida e intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración

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Si se ha establecido a nivel de país entonces no puede establecerse por medio de una ordenanza municipal.

Dije que esto es un tema de comercio online y creo que me das la razón.

La competencia las tienen comunidades autónomas y ayuntamientos. El gobierno central puede obligar a que lo que se publique online sea legal (aleluya!) pero son comunidades autónomas y ayuntamientos los que deciden lo que es legal y lo que no. Así que si, hacen falta ordenanzas.

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En ese caso, ¿a que espera el gobierno central a intervenir las publicaciones online? las ordenanzas municipales existentes ya implican que muchos de los anuncios publicados son ilegales.

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El RD entra en vigor el 2 de enero, con un periodo de prueba del que no han especificado la duración. Ya veremos cuando entre en vigor.

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El barrio de Salamanca tiene un potencial de centro ciudad tremendo: cultural, comercial, gastronómico, espectáculos… con ampliar algunas aceras de las grandes avenidas, peatonalizar una o dos calles secundarias, como se ha señalado en varios hilos, el cambio sería brutal. Goya ya está actuando como epicentro del barrio, pero habria que potenciar otros ejes y plazas, como la plaza del Marques de Salamanca, la de Dali, la de Manuel Becerra, etc. Pero me temo que hay fuertes intereses en que no pase de cierta linea de popularidad. Las molestias de la masificación para otros.

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Supongo que te refieres a esto:

Isabel Rodríguez presenta el Real Decreto para “perseguir el fraude, proteger a quienes realmente necesitan del alojamiento de temporada y poner coto a los alojamientos turísticos ilegales y priorizar los alquileres de vivienda habitual" | Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

El Real Decreto establecerá el sistema para que los alquileres de corta duración necesiten de un número de identificación para operar en las plataformas digitales

Asimismo, dicho sistema requerirá a los alojamientos de uso turístico copia de la licencia para operar que expide la administración competente en la materia

Los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, aportar la información requerida para su alta o renovación, atender los requerimientos de información y comunicar a las plataformas en línea el número de registro que se haya asignado por el Registro de la Propiedad o el de Bienes Inmuebles. Y, las plataformas, por su parte, están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas y que sea visible en los anuncios.

El procedimiento para solicitar el número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores.

Creo que puede ser útil. Por fin se deciden a intervenir en el foco del problema; las plataformas online donde los Ayuntamientos no pueden intervenir.

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Restricciones a la movilidad peatonal en el centro:

Además, si la afluencia de personas en alguna zona se elevara significativamente y para evitar que se vea comprometida su seguridad, los agentes municipales podrán restringir temporalmente los accesos a la zona hasta que el riesgo desaparezca. Se establecerá, asimismo, una adecuada coordinación con los responsables de los servicios de Metro y Renfe, así como con Policía Nacional y Samur-Protección Civil.

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Espero que las restricciones no sean solo para peatones y se prohíba el acceso al aparcamiento de Plaza del Carmen a través de Montera, Carmen y Tetuán. Sería bastante llamativo que se cortase el tránsito peatonal pero se mantuviera el acceso a vehículos. Me espero cualquier cosa.

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No creo. Otros años los han cerrado; de hecho, es muy probable que, sobre todo findes y festivos, se pongan los municipales a cortar el tráfico antes de la Plaza de España, en Princesa.

30 de noviembre

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¿Es temerario juntar el fin de semana, el encendido navideño y el black friday?

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Digno de Espronceda.

A eso súmale los cortes absurdos de acceso a calles aledañas y los cierres de estaciones.

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