Madrid: la lacra de la okupación

Exacto. Me recuerdan a esa familia de burgueses bien intencionados, viviendo en su barrio de algodones que salía en la película “Gangs of New York” de Scorsese. No quiero hacer spoiler, pero dígamos que se dan cuenta del problema en la ciudad de la época demasiado tarde xD.

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Insuficiente, pero se empieza a tener conciencia del problema.

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Por lo menos en Madrid se intenta hacer algo con las inadecuadas leyes y herramientas que tenemos. Ahora falta que el resto de España haga lo mismo y que se endurezca la ley para que aplique a todo tipo de amistades no consentidas de las propiedades ajenas. Y sobre todo para que haya consecuencias penales y de cárcel.

O al final vamos a vernos obligados a tener que poner un cartel de la UGT en la puerta de cada casa como método disuasorio.

Madrid abre una vía contundente contra los okupas al someterlos a juicios rápidos

Los jueces de la comunidad acuerdan celebrar vistas 48 horas después de la usurpación si se ha identificado a los denunciados

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2022/04/29/madrid-abre-via-contundente-contra-okupas-someterlos-juicios-rapidos/00031651242495934526626.htm

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Como decía, visceral.

Parece un deporte popular en este foro el asumir, erróneamente, cosas del otro. No lo intentéis. Es una pérdida de tiempo si no se es pitoniso.

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Política no, por favor.

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El problema no es sólo de índole legal, también hay una cuestión económica y social de fondo, incluso ideológica.

Hay miles y miles de personas que no pueden acceder a una vivienda, ni tan siquiera alquilando. El parque de vivienda pública es ridículo. Los políticos lo saben pero no hacen nada por afrontar la cuestión, pues desplegar un buen parque de vivienda pública podría afectar al precio del mercado y aquí nadie quiere que baje la vivienda ni un euro.

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Por supuesto, nunca hay que olvidar esto. Hay países mucho más ricos que España, como Austria, que tienen una política de vivienda pública ejemplar.

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Alquilar un piso en España, deporte de riesgo por el auge de la inquiokupacion (falsos inquilinos que pagan uno o dos meses al principio de renta y que después dejan de hacerlo, dejando deudas y la vivienda destrozada hasta que se les echa tras meses o años de juicios).

Veo que me han borrado el mensaje de la broma telefónica. Es cierto que no es plato de buen gusto y muy agresiva, pero a todos los que defienden la usurpación de propiedades ajenas cambian el discurso cuando les afecta a ellos (véase el reciente caso de UGT). Hay una famosa frase de un economista llamado Javier Milei, nada correcta pero muy cierta que reza “¡Con el culo ajeno todos somos putos!”

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Por lo que veo toda esta noticia gira en torno a una encuesta, de la que no se dan datos, realizada por una empresa privada que vende seguros de hogar.
Todo correcto.

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No todo son estadísticas y observaciones de ratón de biblioteca. El fenómeno es evidente y va a más.

Esta ‘inquiokupación’ existe, pero no hay datos porque se considera incumplimiento de contratos de alquiler.

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Cuando el río suena…

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https://elpais.com/economia/2021-11-29/lovys-el-seguro-digital-que-cambiara-la-forma-de-pensar-de-los-espanoles.html

Yo a estas alturas ya no distingo lo que es periodismo de lo que es publicidad.

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Simplemente por aclarar un concepto, porque la noticia y el comentario pueden llevar a error. “Madrid”, como comunidad autónoma, no abre nada. El poder judicial es competencia exclusiva del estado. No hay jueces autonómicos. Los “jueces de la comunidad” son jueces del estado; El TSJ es un órgano estatal, no autonómico. El poder judicial es independiente en el ejercicio de su función jurisdiccional, pero la política de apoyo y organización de la administración de justicia corresponde al Ministerio de Justicia.

Y precisamente esa noticia muestra que la legislación es suficiente, que es otro; celebrar vistas en 48 después de la usurpación está muy bien, como lo estaría celebrar cualquier vista de cualquier delito (o cualquier asunto de otro orden jurisdiccional, puestos a ello). El problema es la capacidad de tramitar un asunto en 48h, considerando el nivel de saturación de los juzgados. De hecho, contra lo que se quiere hacer creer en ocasiones, la legislación no ha hecho más que endurecerse para estos delitos, y los deshaucios no han hecho otra cosa que facilitarse (véase la conocida como Ley del “Deshaucio Express”, Ley 5/2018). Lo que me parece bien, por otra parte.

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A mí me parece que la única forma razonablemente fiable de saber si un fenómeno, el que sea, va a más es analizar los datos y las estadísticas. Lo contrario es un mar de sesgos.

Viendo el marco legal de otros países, es evidente que el nuestro es claramente insuficiente para combatir un problema que va en aumento y que amenaza con sobrepasar el ámbito de los barrios y zonas más castigadas por la crisis económica acaecida durante y tras la pandemia.

Algunos colegios de abogados empiezan a organizar congresos sobre okupación, lo que evidencia que el reto es grande.

Practicamente lo mismo se dijo (de la misma noticia) en SSC. Bueno y que la ley no ha cambiado, simplemente parece que ahora, la aplican con más rapidez.

Bueno, lo que eso evidencia es que hay oportunidad de negocio “¡Vengan a nuestro congreso los días tal y cual en la dirección tal!” El artículo sirve de promoción al congreso, como el anterior de una compañía de seguros o el otro de alarmas para hogares. Únicamente en el de la compañía de seguros se menciona -en una frase- la situación de la otra parte:

Por parte de los inquilinos, el principal problema (70%), son los precios altos del alquiler, seguido de los avales y otros requisitos necesarios para firmar un contrato de arrendamiento.

Dudosa comprensión lectora la de quien saca esta conclusión tras enunciar una lista de penas de otros países:

La comparativa con otros países europeos demuestra que, el problema de la ocupación ilegal en España, cada vez más grave y de mayor intensidad , debería resolverse con una modificación de nuestra legislación actual

De hecho, en España la usurpación o allanamiento de morada pueden conllevar desde tres meses hasta cuatro años de prisión, la pena más larga de todas las que se mencionan en el artículo.

¿Qué datos de ocupación ilegal hay en esos países antes y después de la aprobación de esas penas? ¿Cuál es la situación en materia de vivienda de cada uno y cómo esta se relaciona con el número de “ocupaciones ilegales”?

Simplemente quería puntualizar todo lo que me chirría de estas “noticias”, pero no quiero alimentar más este hilo, nombrado como “lacra” muy a la ligera y sin ánimo de comprender verdaderamente el problema, sea del tamaño que sea.

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Seguís negando la evidencia. Y mientras cada vez más propietarios, como es lógico, se niegan a alquilar sus viviendas por el deporte de riesgo que supone en este país. El tema es que cada vez se exigen más condiciones para alquilar. Seguros, avales bancarios, fianzas mayores, etc. Y los precios del arrendamiento no paran de subir. La okupación e inquiokupacion perjudica al pequeño propietario, a los que quieren emanciparse y a las comunidades de vecinos, es una bola de nieve que crece y arrastra todo a su paso.

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¿Entonces cómo es que crecen los alquileres más que en otros países de la UE?

Fuente: https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/ILC_LVHO02__custom_2699263/default/line?lang=en