¿Toda la gente que opina en este artículo sabe que las competencias de ordenación del territorio están transferidas a las Comunidades Autónomas?
Dejo aquí una ristra de comentarios recogidos en el artículo que no se ni como clasificar:
A partir de esa franja no hay, en general, ninguna limitación
Respuesta: salvo que un plan de ordenación del territorio lo impida. Si quieren limitaciones, que la CC.AA. de turno haga un plan.
El Estado, por ahora, no lo contempla.
Respuesta: el Estado no tiene competencias en ordenación del territorio.
Lo verdaderamente decepcionante es que no sea el Estado el que esté creando el Conservatorio del Litoral en España, de acuerdo con las comunidades autónomas costeras, lo que demuestra una vez más la incultura de los dirigentes políticos españoles en lo que se refiere a la conservación del territorio
Respuesta: El Estado no tiene que andar comprando suelos para protegerlos de la urbanización pues las CC.AA. ya los pueden proteger de la urbanización.
Purificació Canals, única española miembro del comité científico del Conservatoire, destaca que la protección del paisaje es política de Estado en Francia
Respuesta: aquí es política de las Comunidades Autónomas que son quienes tienen las competencias en Ordenación del Territorio.
El ejemplo francés ha impregnado la cercana costa de Girona. “Cruzas la frontera y ves que Banyuls-sur-Mer tiene todo su litoral protegido. ¿Por qué no podemos tener aquí lo mismo?”, se queja amargamente el abogado Eduard de Ribot.
Respuesta: Claro que se puede hacer lo mismo, la Generalitat o cualquier otra CC.AA. puede proteger su litoral tierra adentro.
El sistema que se ha aplicado, desregulado y favorecedor de la corrupción, sigue el modelo estadounidense, cuando se debiera haber seguido el más cercano ejemplo francés, que considera la defensa del territorio como un factor patriótico y de identidad nacional”, denuncia.
Respuesta: ¿Sistema desregulado? Supongo que por desregularización se refiere a la ley del suelo nacional, las 17 leyes del suelo autonómicas, leyes de ordenación del territorio para cada CC.AA, reglamentos de urbanismo, miles de planes de ordenación del territorio, centenares de PGOU, etc… desde luego una desregularización total, si.
Tampoco las comunidades costeras tienen planes de copiar este organismo.
Respuesta: Claro que no ¿para que quieres comprar suelos para protegerlos de la urbanización cuando puedes proteger esos suelos sin haberlos comprado?
Sin embargo, Cataluña tan solo tiene una mínimas competencias sobre la gestión de autorizaciones del dominio público y, en cualquier caso, la franja sobre la que hay que actuar es mucho más amplia.
Respuesta: Franja sobre la que si que tiene competencias, pero bueno, si cuela cuela.