Llevamos tiempo diciendo que en Méndez Álvaro se necesita alguna altura que rompa esa secuencia repetitiva de torres de 80 metros, por otra parte ya casi seña de identidad de Madrid (caso de Isla Chamartín).
Esta sería la oportunidad.
Por cierto ¿no es posible pasar a cota calle la dotación que se soterra? ¿La edificabilidad es inamovible, aun con un convenio o similar?
Me suena haber leído la semana pasada que eran tan grande la “chapuza” que se tuvo que aprobar inicialmente de nuevo (cosa que ya me extrañaba)
Sin embargo por lo que dice la nota del Ayuntamiento lo que se produjo fue la aprobación provisional, es decir, una fase más desarrollada en la tramitación y previa a la aprobación definitiva.
En conclusión; parece que lo que alguno decía quera una enorme chapuza no lo es tanto y ha avanzado una fase más en su tramitación.
Por otra parte espero que quienes estén en el pleno municipal sepan diferenciar entre aprobación inicial y aprobación provisional.
Bueno, no cuesta nada leer un poco qué pasa. 12 plantas (triplicando o cuadruplicando la altura del entorno) con 600 apartahoteles (algo más que el Edificio España). En una zona residencial de unifamiliares y urbanizaciones de 3-4 plantas.
Yo veo más problema en contraste de densidad y de usos que de “torres” (huele mal ese recurso, es innecesario e impreciso). Aunque no estoy al tanto de esa operación ni la sigo, no sé cómo me posicionaría.
Para mi se sigue un criterio algo errático a la hora de construir en altura en Madrid, a veces descaradamente a la carta.
Eso no implica que, en mi caso, no esté a favor de la construcción en altura incluso que paisajísticamente y como conjunto esas torres en Méndez Álvaro me parezcan favorecedoras, definen y consolidan un clúster soso hasta ahora.
Puedes estar de acuerdo con el fin o con el concepto pero denunciar lo medios.
Hay gente que quiere que los barrios en los que vive sean una especie de cotos privados o urbanizaciones bajo su control donde nadie más se meta, de ahí viene muchas veces la oposición a nuevos proyectos. Es una especie de xenofobia de barrio. No quieren que otros utilicen “sus” servicios, que otros aparquen en “sus” plazas de aparcamientos, circulen por “sus” calles, ocupen “sus” parques, o distorsionen “su” mercado de precios de compraventa y alquiler de vivienda.
Lo de las alturas no es más que un argumento al que se agarran para no decir sus verdaderas motivaciones; el rechazo al nuevo vecino.
Me parece que mezclas churras con merinas si crees que la motivación de la oposición a que este proyecto se haga bien, no que no se haga, es que quieren un barrio para “ellos”.
Es cierto, se debe a los enormes perjuicios que en su vida cotidiana les generan unos edificios de 12 plantas. Esos edificios generan perjuicios a su salud, su bolsillo, y sus relaciones profesionales o sociales, ¿verdad? Por no hablar del impacto paisajístico que suponen en un espacio natural como es su barrio.
No mezclo ninguna churra con merinas, lo que he dicho es lo que pienso; hay gente que quiere que el barrio en el que vive sea “suyo” y no para otros “desconocidos”. Cuando la oposición tenga argumentos sólidos quizá pensaré otra cosa.
Es que la oposición no ha dicho nada referente a esta supuesta obsesión con lo propio, pero bueno. Si piensas que Giraldeo no ha dado argumentos sólidos y tú sí, pues ya está.
Es decir que no has visto ni escuchado nada sobre la oposición vecinal pero sin embargo si estás capacitado para contrargumentar a quienes cuestionamos a esa oposición vecinal.
Lo de informarse sobre algo antes de opinar para otro día.
Venga, no nos vayámos por las ramas… Que desde la denuncia falocéntrica y los “rascacielos especuladores” de algunos grupos de izquierda a la Ley de Suelo que arrasó con cualquier edificio de más de 4 plantas en la región durante años, implantada por la derecha, aquí no se libra ninguno.
En casos “especiales” o sea, residual/marginal/testimonialmente se puede hacer que una infima parte no cumpla. Son literalmente, la excepción que marca la regla. Gracias, Aguirre…
Ese artículo fue ya eliminado y sin embargo la construcción de edificios singulares en altura sigue siendo una excepción. No hay diferencia en ese sentido entre lo que la modificación de ley decía y lo que sucede hoy.
Con la ley de Aguirre vigente era muy fácil tumbar cualquier desarrollo en los tribunales, porque lo de adecuadamente justificado es bastante ambiguo. Véase Mahou-Calderón, por ejemplo.