Remodelación del Centro | Madrid (parte 2)

No es una noticia o resolución publicada en ningún medio, es un análisis personal mío sobre cómo veo que funciona la política en nuestra país.
Ése es uno de los problemas de España, se hace partido, no se hace país.

Vale, había pensado que la valoración de la desestimación la hiciste disponiendo de la resolución y su contenido.

Uno no puede anteponerse a un acto antes de que exista. Unos edificios que no estaban en condición de ruina, y que tenían plenamente sus funciones intactas, y que además, se engloban dentro del BIC Villa de Madrid, no tienen ninguna necesidad de demolición. Madrid tienen 21.000 edificios catalogados, y tres personas para velar por el cumplimiento de ese catálogo…¡¡tres!!

No hay ninguna perversión en la lógica de denunciar las cosas cuando ocurren. Pero bueno, si te sirve de consuelo, hay una poquita de gente que vela porque se protejan cosas, y piden catalogaciones, por eso, en la última revisión del Catálogo se incluyeron unos pocos edificios “neomudéjares”, eso sí, los que no molestan mucho.

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¿Conoces qué han valorado los expertos para determinar la fecha? La diferencia es considerable.

Me imagino que la fecha es clave, parece que el gran argumento para conservar el edificio es su edad y rareza y no el resto de criterios, y si es del XIX medio centro lo es.

No creo que su destrucción muestre que todo lo del siglo XIX carece de valor, si no que el edificio no logra acumular valor con ningún otro criterio.

Me ha parecido interesante ver los criterios que utiliza el gobierno de Reino Unido para proteger el patrimonio. No se si son los mejores, pero a diferencia de España, los británicos los publican.

Por ejemplo, solo se protegen automáticamente los edificios anteriores al siglo XVII, a partir de ahí, cuanto más tardía es su construcción, más selección se hace y más peso cobran el resto de criterios:

Si como dicen los expertos este edificio es de mediados del siglo XIX, allí también se tendría que someter a una selección mas exigente, atendiendo a criterios como los méritos estéticos o su importancia:

Aquí lo dejo:

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Conozco la resolución y dan fechas del siglo XIX, como han publicado los medios, que en nada tienen que ver con los edificios. Y que, como se puede comprobar con los ejemplos coetáneos que he puesto, las características constructivas y tipológicas en nada tienen que ver son la datación que han propuesto del siglo XIX. Me gustaría conocer el estudio histórico que han realizado para llegar a esa conclusión, porque ya te digo yo que el catastro no sirve, es una herramienta fiscal, su función no es la protección y el conocimiento patrimonial.

No se si los criterios de Reino Unido sirven en nuestro ámbito cultural y legal, pero lo que está claro es que, tengamos la legalidad que tengamos, esta no se puede subvertir. Si tenemos una figura que es BIC, hay que adecuarse a ella. Si tenemos unos criterios de aplicación para el centro, su aplicación no debe ser arbitraria.

Ya he comentado que no se pretendía proteger a los edificios con una protección singular ni integral, obviamente no es necesario ni tienen características para ese nivel de protección. Se pretendía una protección que mantuviera los elementos con valor y que permitiese hacer cualquier proyecto pero que se adecuase al entorno y a las características de protección ambiental que un BIC merece.

Este edificio de la calle del Pozo no tenía ninguna protección:

Y el proyecto que se realizó es tremendamente respetuoso no solo con la imagen homogénea del casco histórico madrileño, sino con la propia historia del lugar, conservando los restos de un muro que como poco es del siglo XVIII, cuando legalmente, no tendrían que hacerlo. Pero para eso se pasa una comisión que regula las obras que se pueden hacer en el BIC de Madrid, y con buen criterio se adoptó esta solución tremendamente enriquecedora, pues mantenemos la historia del lugar, la imagen de la ciudad, y solucionamos un solar que estaba ruinoso. No se si la comisión obligo a su mantenimiento o no, pero esta, es una buena actuación. Enhorabuena, a quien fuera, que nos legó este magnifico ejemplo.

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Sí, si yo lo subía porque, de manejar la fecha correcta, lo que ocurre con este edificio no sería tan impensable en paises de nuestro entorno. Incluso los edificios del XVIII en Reino Unido se someten a selección.

Y en cuanto al proyecto que subes, totalmente de acuerdo. Pero incluso obteniendo la protección ¿Hay algo que obligue a seguir un diseño concreto? Quiero decir, si a los dueños del edificio les obligaran a conservarlo, podrían colocar el mismo diseño de hotel que ya tienen encima.

Si, hay comisiones de patrimonio que dictaminan como “se debe actuar”. Aquí te dejo por ejemplo los criterios de la CPPHAN

https://sede.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCUrbanismo/Licencias/HerramientasGestionLicencias/Normativa/ficheros/CRITERIOS%20CPPHAN%20OLDRUAM.pdf

En nuestro entorno más próximo, Portugal, Francia o Italia, los proyectos de recrecidos son mucho más estrictos y condicionados, como puedes ver en cualquier vista aérea de Lisboa y Paris, por poner un ejemplo. Pero tampoco hace falta irse fuera. Valencia tiene un espectacular plan de color que ha posibilitado la fantástica recuperación de la ciudad. O Sevilla, donde tres cuartas partes de lo mismo. O Segovia…o Toledo…

Ningún segoviano se va a sentir ofendido porque en la rehabilitación de su casa le obliguen a utilizar un esgrafiado, ¿por qué? pues por conciencia. Ya he dicho que el principal problema de Madrid es una masa critica social que sienta interés por la ciudad. Y esto se aprecia en rehabilitaciones…demoliciones…cerramientos (tantas veces comentado), etc.

Aquí al igual que en UK, también se han seleccionado cosas. Madrid tiene en torno a 150.000 edificios y catalogados son 21.000. Y las catalogaciones no impiden obras de acondicionamiento ni habitabilidad, siendo únicamente más restrictivas en los niveles más altos. Y te lo dice alguien que vive en un edificio de 1897 con un nivel de protección estructural.

Yo sinceramente, me identifico más con nuestro entorno cultural que con Reino Unido, donde las actuaciones que se han hecho en Londres son más que cuestionables.

Y por último, esta disparidad de criterios y acciones creo que no ayudan a la positividad de la percepción patrimonial y si me lo permites, a la seguridad jurídica. Porque conozco bien de cerca proyectos que han sido fuertemente condicionados por las comisiones, en su lógica función, con el consiguiente perjuicio a la hora de desarrollar el proyecto, en edificios que no contaban ni con protección, ni con ningún interés (edificios construidos en el centro en los años 70), y sin embargo, en otras ocasiones, en esta ciudad, hemos asistido impávidos a demoliciones incluso de BIC’s.

No se si te ayuda mi respuesta porque me pongo a divagar :grimacing: . Un saludo!

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Pues mira en mi caso no conocía que todos esos elementos no estaban protegidos hasta que ya fue tarde. Los ciudadanos podemos fiscalizar a la administración pero no se nos puede achacar la destrucción patrimonial por desconocimiento. Lo mismo tendríamos que empezar a exigir a quienes pagamos que hagan su trabajo.

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En el momento en que cierta gente del foro entiende que defender la conservación de este edificio es de “izquierdas” y que defender el hotel capsula es “de derechas”, poco se puede discutir.

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Es así. La protección es de izquierdas y la libertad del promotor es de derechas. Una pena. Si tuvieran el cerebro para darse cuenta que “hablando se entiende la gente”. Pero la fobia reduce el cerebro.

Es cierto que el caserio bajo forma parte de la historia de esta ciudad y hace paisaje urbano.

Nuncio es una calle de caserio bajo,

Santa Lucía 4

Lope de Vega 7 y 9

Calle del Acuerdo

En la calle de la Palma hay este ¿caserio convertido en palacete?,

con esta entrada

Foto 1

Foto 2

Una pincelada.

Destruir Cabestreros es no conocer Madrid, y agarrarse a que “la abuela fuma”, no es la mejor opción.

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Conocido por los expertos como «la catástrofe» porque media España tiene fecha de 1900, cuando se inscribieron los inmuebles.

Valga como indicio que si tu construyes una casa de pueblo, no la puedes inscribir en el Registro de la Propiedad hasta la segunda vez que cambia de manos, por herencia o venta. No la primera, la segunda.

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Perdemos todos, gana la especulación turística sin límites ni decencia.

https://x.com/MadridDecadente/status/2059253343705260284

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@Boiler Poner tweets con noticias publicadas en otros medios y ya comentadas en el foro, con la intención de colarnos la irrestricta opinión del twitero ¿cómo se lleva con las normas del foro?

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