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Ya verás las risas cuando los de la Cañada Real puedan usar esto como argumento jurídico para continuar ocupando ese terreno. :sweat_smile:

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Las viviendas de la Cañada son irregulares, con Cañada o sin ella.

No es la Cañada la que determina o no la legalidad de esas viviendas.

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Ciertamente, pero se podrían tener más posibilidades de ser legalizadas después de este futuro y cuestionable cambio de la legalidad ad hoc. Ya veremos si pueden hacerlo.

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

TÍTULO PRELIMINAR

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto y definición.
  1. Es objeto de la presente Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, el establecimiento de la normativa básica aplicable a las vías pecuarias.

  2. Se entiende por vías pecuarias las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.

  3. Asimismo, las vías pecuarias podrán ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus fines, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural.

Artículo 2. Naturaleza jurídica de las vías pecuarias.

Las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Artículo 3. Fines.
  1. La actuación de las Comunidades Autónomas sobre las vías pecuarias perseguirá los siguientes fines:

a) Regular el uso de las vías pecuarias de acuerdo con la normativa básica estatal.

b) Ejercer las potestades administrativas en defensa de la integridad de las vías pecuarias.

c) Garantizar el uso público de las mismas tanto cuando sirvan para facilitar el tránsito ganadero como cuando se adscriban a otros usos compatibles o complementarios.

d) Asegurar la adecuada conservación de las vías pecuarias, así como de otros elementos ambientales o culturalmente valiosos, directamente vinculados a ellas, mediante la adopción de las medidas de protección y restauración necesarias.

  1. Con el fin de cooperar con las Comunidades Autónomas en el aseguramiento de la integridad y adecuada conservación del dominio público de las vías pecuarias, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá instrumentar ayudas económicas y prestar asistencia técnica para la realización de cuantas acciones redunden en la consecución de dicha finalidad.

TÍTULO II

De los usos compatibles y complementarios de las vías pecuarias

Artículo 16. Usos compatibles.
  1. Se consideran compatibles con la actividad pecuaria los usos tradicionales que, siendo de carácter agrícola y no teniendo la naturaleza jurídica de la ocupación, puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero.

Las comunicaciones rurales y, en particular, el desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola deberán respetar la prioridad del paso de los ganados, evitando el desvío de éstos o la interrupción prolongada de su marcha. Con carácter excepcional y para uso específico y concreto, las Comunidades Autónomas podrán autorizar la circulación de vehículos motorizados que no sean de carácter agrícola, quedando excluidas de dicha autorización las vías pecuarias en el momento de transitar el ganado y aquellas otras que revistan interés ecológico y cultural.

En el caso de que la circulación de vehículos motorizados esté vinculada a una actividad de servicios, dicha autorización se sustituirá por la declaración responsable prevista en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La declaración responsable deberá presentarse con un periodo mínimo de antelación de quince días, para que la Comunidad Autónoma pueda comprobar la compatibilidad de la circulación del vehículo motorizado con lo establecido en el artículo 1.3.

  1. Serán también compatibles las plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal de los ganados.
Artículo 17. Usos complementarios.
  1. Se consideran usos complementarios de las vías pecuarias el paseo, la práctica del senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero.

  2. Podrán establecerse sobre terrenos de vías pecuarias instalaciones desmontables que sean necesarias para el ejercicio de estas actividades conforme a lo establecido en el artículo 14.

Para ello será preciso informe del Ayuntamiento y autorización de la Comunidad Autónoma.

Cuando se trate de instalaciones vinculadas a una actividad de servicios, dicha autorización se sustituirá por la declaración responsable prevista en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La declaración responsable deberá presentarse con un periodo mínimo de antelación de quince días, para que la Comunidad Autónoma pueda comprobar la compatibilidad de la instalación desmontable con lo establecido en el artículo 1.3.

  1. Cuando algunos usos en terrenos de vías pecuarias puedan suponer incompatibilidad con la protección de ecosistemas sensibles, masas forestales con alto riesgo de incendio, especies protegidas y prácticas deportivas tradicionales, las Administraciones competentes podrán establecer determinadas restricciones temporales a los usos complementarios.
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“Las vías pecuarias son bienes de dominio público” correcto.

Ahora solo falta que no se identifique como “vía pecuaria” lo que no es una “vía pecuaria”.

¿Los tejados de IFEMA son una vía pecuaria?¿Se produce un tránsito ganadero en los tejados de IFEMA?¿Se va a demoler IFEMA para permitir un tránsito ganadero que no existe?

No desvives el debate, que te veo venir :rofl:

Serán los tribunales los que decidirán sobre esto, y como tardarán años, pues todos sabemos que van a tirar p’alante.

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Estoy centrando el debate.

¿Hay una vía pecuaria aquí por donde se produce un tránsito ganadero?

No se que valorarán los tribunales, pero espero que valoren la realidad en la que vivimos.

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Ni tergiverses, no hagas demagogia.

Los tribunales valorarán la legalidad, más bien, que es para lo que están.

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Muy buen progreso, yo ya tengo mi entrada a mucha honra (a pesar de la rabieta de algunos) y espero que esto sea el comienzo de muchas sesiones de F1 y otros eventos.

También está con buen progerso el F1 Arcade bar en la Castellana, en frente del Bernabeu, que ya han empezado a colocar publicidad y debería abrir en los próximos meses.

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Parece que es el presidente de Telepizza quien ha adquirido los derechos para explotar la franquicia en Madrid, a través de Top Racing Iberia (¿empresa creada para la ocasión?), aunque sigue siendo un negocio extranjero:

F1 Arcade is operated by Raceway Trading Limited and is authorised to do so by Formula One World Championship Limited.

Me preocupa cómo de viable será; estos bares existen solo en dos ciudades de Reino Unido y algunas de EEUU, pero no en el resto de países que organizan las carreras.

La realidad que vivimos ahora mismo aunque no te guste es que es ILEGAL tocar/mover una vía pecuaria para montar un circo de coches. Esa es la realidad y así es como este esperpento acabará en el sumidero de la historia.

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Deberíamos hacer una colecta para regalarle una entrada VIP a JoseM!!! Yo lo veo claro….

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Reíros reíros, que ya llegarán las lágrimas cuando todo este circo se vaya por el sumidero judicial como tantas otras cosas… :face_vomiting: :grin:

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Brasas…

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No me gustaria leerte ese dia…..

Pues lo vas a tener que hacer querido. Según me comentan fuentes informadas y asociativas que están trabajando duramente en este asunto, la probabilidad de que esto se vaya al traste judicialmente es MUY, MUY alta, prácticamente segura, y además están intentando que se vaya al traste en un momento donde ya no les quede margen de maniobra para ningún chanchullo legislativo vergonzoso made in PP a los que nos tienen habituados.

Y me comentan que el desastre para la imagen internacional de Madrid va a ser tan descomunal que prácticamente cualquier gran evento futuro va a quedar en entredicho en la ciudad y nadie se va a fiar ya de los gestores que los llevan a cabo.

Dicho de otro modo, por empeñarse en el circo de coches es muy posible que acaben cargándose la imagen de la ciudad como organizadora de eventos para siempre y de todos los eventos posibles que pudieran venir en el futuro.

Os va a salir bien caro el capricho irresponsable de la presidenta. Queda escrito.

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¿Y como marchan las obras?

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