Ciudad del Deporte Atlético de Madrid | Madrid

Es un titular erróneo. Solamente ese medio lo recoge de esa forma. Hemos estado todo el día leyendo la sentencia. Se presentan varias causas y el magistrado estima algunas de ellas, otras no. Pero, en cualquier caso, la consecuencia es la nulidad total del Plan Especial, si bien no por todas las causas presentadas, sino por algunas. Pero en estas cosas, con que una salga adelante ya se anula por completo. Porque un Plan Especial no puede tener vigencia parcial, por lo tanto pierde vigencia (cuando sea firme) en su totalidad.

Para haceros un resumen rápido: la causa principal viene a decir que una modificación de usos de este calado, donde se reducen los equipamientos deportivos y se sustituye por equipamientos singulares a los que se le añaden de forma irregular otros usos asociados (que no lo son en realidad y ademas los añaden haciendo lo contrario que dicen las NNUU), detrae equipamientos del cómputo total. Esto solamente se puede hacer mediante modificación del plan general, no con Plan Especial.

Es justamente, entre otras cosas, lo que pusimos nosotros en las alegaciones que hicimos. Fuimos los únicos que hicimos alegaciones, alertando de las graves irregularidades que había. Un particular las cogió y las llevo al TSJM y han salido adelante varios puntos de ellos (es que eran muy burdos). De hecho en la propias sentencia se habla de nuestras alegaciones y de la respuesta del ayuntamiento.

Es una chapuza más que se añade a la larga lista de este equipo de gobierno. Hace un año hice un hilo explicando todo este chanchullo y advirtiendo que podría acaba justo como ha acabado. Y le vemos difícil interés casaciones para ir al Supremo, puesto que el magistrado mete un montón de jurisprudencia en el mismo sentido para justificar su decisión. Si quieren arreglarlo deberán hacer una modificación del plan general, pero será una ruina para el Atlético que ya está en fase de licitaciones. Como siempre, nadie gana, ni el club ni los ciudadanos que ademas pagan costas porque se condena al ayuntamiento. No dan una ni sin querer.

Aquí el hilo que hice:

https://x.com/giraldeo/status/1850996152398750083?s=20

Estas son las alegaciones que hicimos y que han servido para tumbarlo:

Y aquí la sentencia:

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La judicialización del urbanismo.

Posiblemente el proyecto se acabe haciendo igual 1 año después tras 1 año más de papeleos que dirán prácticamente lo mismo que decían en el Plan Especial pero que irán dentro de una carpeta llamada “Modificación del PGOU”.

Pues vale.

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Con la diferencia que mediante una modificación del plan general esos equipamientos deportivos detraídos en las parcelas interesadas deberán compensarse en otra parte. Y el resultado será que los ciudadanos no pierden lo que les corresponde. Si no hay nada como las cosas bien hechas. Si lo hubieran hecho así desde el principio hoy ya lo tendrían todo aprobado y vigente. Pero no tienen tantas luces.

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¿Esa supuesta diferencia en cuantos m2 se podría traducir?

Porque si para ganar 100m2 paralizamos 1 año o más el proyecto no se si compensa (es un decir).

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Vaya vergüenza de comentario, culpando a quien ha señalado los problemas en lugar de a quien los causa. Mejor prueba con:
La judicialización de lo que corresponda judicializar porque es deficiente, inapropiado, inadecuado, contrario a normativa/ley o lo que te parezca que manifiesta lo que es en realidad.

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El concepto “judicialización de…” te dará mucha vergüenza pero es algo que en España hay quienes vienen denunciando como algo que existe y que se debe evitar.

Supongo que si se señala la judicialización de unas cosas se podrá señalar la judicialización de otras.

En todo caso me alegra verte ahora como firme defensor del cumplimiento de las normativas. Ojalá siempre sea así.

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No me da vergüenza la judicialización de algo.

Me da vergüenza ajena el uso que haces del término

Me da vergüenza que critiques las acciones de quien ha leido la cartilla a quien la caga constantemente, en lugar de que critiques a quien no sabe hacer las cosas a derechas.

Me da verguenza que el ayuntamiento no sepa hacer practicamente nada a derechas y que le judicialicen tantas cosas, y de estas causas un porcentaje sonrojantemente alto prospere.

Puedes intentar darle las vueltas que quieras que ya ha quedado claro.

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No hago ningún uso del concepto, solo he dicho que se se está judicializando el urbanismo y lo creo totalmente.

Tampoco es algo nuevo.

Si te da vergüenza que lo afirme me importa poco la verdad.

Te sigo pero no se debe pretender que el ayuntamiento o CAM, representación del estado en la Madrid, cumplan las leyes del estado, si no voy a empezar yo a incumplir los m2 de mi obra en casa y a ver quien me defiende que esta mal hecho.

Y oye si queremos estos planes de otra manera que el PP modifique la ley cuando gobierne. Estoy seguro que apuesta por la liberización en muchos sectores, nótese la ironía.

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¿Venías aquí a hablar de urbanismo o a faltar el respeto a tus rivales políticos? No seré yo quién los defienda, a la vista está que muy hábiles no son, pero esto no es un foro político, y menos para que saque pecho un miembro del partido más corrupto de la historia de España. Vamos, digo yo.

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El propio PSOE quiso reformar la ley del suelo para evitar que defectos menores tumbasen planes completos:

Mediante el texto aprobado este martes el Ejecutivo busca evitar que los errores de carácter formal que sean subsanables puedan conllevar la nulidad total de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística.

Si el PP gobernase yo creo que debería reformar la ley en el mismo sentido.

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Me parece una buena decisión ¿Cómo es que no se hizo?

Ellos tienen muchas más luces, pero de neón.

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No hubo suficiente apoyo en el Congreso.

¿El PP votó en contra?

¿Pero aquí se está tumbando el plan por “causas menores”? No tengo tiempo de revisar la cuestión, pero si hablamos de repartos de superficies y usos, no son cuestiones menores.

Quiero decir, no es la falta de un informe acústico, medioambiental o de genero.

Repito, no me he leído mucho, casi ni lo que aquí se ha escrito. ¿Hablamos de lo primero, o lo segundo?

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Votó en contra PP, Sumar, Junts, ERC, Bildu, y Podemos.

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Yo tampoco me he leído la sentencia así que no te puedo responder.

¿Donde se especifica cuales son defectos “menores” y cuales no?

Ha propuesto una nueva ley ya aprobada en el senado (18 de marzo). Las diferencias con la ley actual son estas según la IA.

Aspecto Ley actual (Real Decreto Legislativo 7/2015) Propuesta del PP
Aprobación de licencias Procedimientos más lentos y burocráticos, a menudo sujetos a la interpretación de funcionarios, lo que puede causar retrasos. Introduce la figura del silencio positivo para la aprobación de licencias en determinados casos, lo que significa que si la administración no responde en un plazo fijado, la licencia se considera concedida.
Nulidad del planeamiento La declaración de nulidad de un plan urbanístico puede arrastrar consigo la de todos sus actos de desarrollo (licencias, etc.), generando gran inseguridad jurídica. Establece que la nulidad de un plan no implicará automáticamente la de sus actos de desarrollo, permitiendo su corrección y dotando de mayor seguridad jurídica a las inversiones y obras ya iniciadas.
Zonas tensionadas y control precios La Ley de Vivienda estatal actual permite a las comunidades autónomas declarar zonas de mercado residencial tensionado y aplicar un índice de precios de alquiler. Deroga estas medidas, argumentando que la intervención en el mercado del alquiler reduce la oferta de vivienda y no soluciona el problema de fondo.
Objetivo principal Garantizar el derecho a una vivienda digna y asequible, con cierto grado de intervención pública en el mercado. Aumentar la oferta de vivienda mediante la liberalización y desburocratización del suelo, confiando en que una mayor oferta baje los precios.
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Pues no sé dónde se especifica. Era una valoración a este comentario, en el cual mencionas una ley que plantea evitar paralizaciones por defectos menores.

Ahora me pregunto, y repito que no lo sé, si aquí se plantea que el problema es el reparto de superficies y usos, yo no lo consideraría defecto menor.