Torre Metropolitan + Cocheras de Cuatro Caminos | 31 plantas | Madrid

Bueno, es que a lo mejor, la precisión jurídica se puede encontrar más fácilmente en un foro jurídico.

Aquí podemos analizar mejor si la terraza sin columnas a lo mirador de Sanchinarro pero más loca aún, era realista.

Que ojo, yo te agradezco el aporte. Pero este es un foro en el que se habla de todo un poco y sobretodo de arquitectura y urbanismo. No va a ser sencillo llevaba el debate a los matices jurídicos, porque la proporción de abogados en el foro es más bien baja.

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nado en este foro tangencialmente, y ello a pesar de que es este aspecto, sin duda, el más importante y el que verdaderamente ha generado toda la demora y todos los perjuicios que los cooperativistas y la ciudadanía en general estamos padeciendo.

Y, además, cuando se ha abordado este otro enfoque, se ha hecho con poca o nula precisión jurídica, favoreciendo con ello la tergiversación e incluso
[/quote]Insisto en que no pertenezco a esa asociación.

Yo solo digo eso, que no hay pedagogía que hacer, tanto este edificio como la forma en la que se está llevando todo me parece escoria urbanística. ¿Que a vosotros os gusta? Genial, yo solo digo que vuestra opinión no es la única y hay otros puntos de vista sobre este montón de basura que se quieren construir.

Una torre cochambrosa por dentro y cochambrosa por fuera.

Si algo caracteriza y hace apasionante el Urbanismo es su carácter MULTIDISCIPLINAR: no es, ni mucho menos, una materia exclusiva de Arquitectos, sino que se extiende a otras especialidades: juristas (afectando, a su vez, a varias disciplinas jurídicas, como el Derecho Administrativo, el Derecho Civil, el Derecho Mercantil e incluso el Derecho Tributario), economistas, sociólogos, políticos, historiadores, periodistas, etc.

Si, como dices, y es verdad, en este foro se habla de todo un poco, creo que uno de esos “pocos”, por qué no, deben ser sus aspectos jurídicos. Particularmente, cuando su objeto es, como he sistematizado en mi intervención anterior, un conflicto netamente jurídico, con varias sentencias judiciales y resoluciones administrativas de por medio.

Por otra parte, me consta que los Arquitectos que se dedican a este proceloso mundo del Urbanismo suelen tener un conocimiento bastante amplio de las cuestiones jurídicas litigiosas del caso que estudiamos, por lo que no creo que estén en fuera de juego cuando planteemos asuntos jurídico-urbanísticos del mismo como edificabilidades, usos, estudios ambientales, estudios de sostenibilidad económica, etc.

En cualquier caso, procuraré que en mis futuras intervenciones sea lo más claro posible y, por favor, si alguien no entendiere algún concepto o alguna idea, ruego lo plantee para que pueda explicarlo en una intervención posterior. Muchas gracias.

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Más hombres de paja…Aquí nadie ha dicho que le guste la torre, porque para empezar, aún no conocemos el diseño. Sólo tú te aventuras a decir que detestas algo que desconoces, por el simple hecho de que sustituye algo que a ti te gustaba (no existe correlación ni analogía inversa, pueden gustarte ambas o ninguna, pero lo tuyo es ideológico, no te gusta lo uno por gustarte lo otro).

Es más, en este foro se ha criticado muchísimo la primera torre proyectada por Ibosa, y estoy segurísimo de que incluso aquellos que abogan por una torre, serán exigentes con el diseño y no les dolerán prendas criticar el resultado.

Lo que es cochambroso no es la torre que desconocemos, sino las naves que tanto querías proteger y que sí conocíamos.

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Estos fueron los 12 MOTIVOS DE NULIDAD de la Modificación Puntual del PGOUM del APR 07.02-M planteados por las Asociaciones socialpodemitas en sus recursos contencioso-administrativos en el TSJM, así como su respectivo resultado en las tres sentencias dictadas el 15-abr-2021:

1 - Incumplimiento del deber de cesión mínima de terrenos para redes públicas generales: RECHAZADO.

2 - No se mantiene el equilibrio debido entre redes públicas y aprovechamientos lucrativos del ámbito, incumpliéndose así lo establecido en el art. 67.2 de la LSCM: RECHAZADO.

3 - Incumplimiento de la obligación de destinar el 30% de la edificabilidad lucrativa a vivienda protegida: RECHAZADO.

4 - Incumplimiento de la normativa sobre protección acústica: RECHAZADO.

5 - Inexistencia de estudio sobre contaminación atmosférica: RECHAZADO.

6 - Quiebra del interés general urbanístico en la Modificación Puntual: RECHAZADO.

7 - Desviación de poder en la aprobación de la Modificación Puntual por traer causa de un Protocolo de Colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Madrid y Metro que las Asociaciones calificaban como un convenio de planeamiento prohibido por la LSCM: RECHAZADO por no considerar el Tribunal que aquel Protocolo fuese de ese tipo de convenios.

8 - Incumplimiento de la prohibición de edificar más de 3 plantas más ático: RECHAZADO.

9 - Falta de motivación de los cambios de objetivos, del incremento de la edificabilidad y de otras determinaciones de la Modificación Puntual respecto de las de la APR inicial 07.02: RECHAZADO.

10 - Ausencia de informe preceptivo del Organismo de Cuenca sobre disponibilidad de recursos hídricos: RECHAZADO.

11 - Incumplimiento de los contenidos mínimos del Estudio de viabilidad: ESTIMADO porque, según la Sala, “dicho estudio … no contiene la evaluación del coste financiero del mantenimiento que estas infraestructuras va a irrogar a las arcas municipales desde el momento de su recepción tras su urbanización”.

12 - La Memoria Ambiental de la Modificación Puntual no estudia diferentes alternativas: ESTIMADO porque “resulta evidente que ni el informe ni el estudio llegan a realizar un análisis de las posibles alternativas, ya que, exclusivamente, entienden que la única solución posible para ejecutar el APR es a través de la ordenación planteada en la Modificación … se debe optar … de … entre las diferentes alternativas posibles, aquélla que mejor salvaguarde los intereses generales desde una perspectiva global e integrada y teniendo en cuenta todos los efectos derivados de la actividad planeada o proyectada. Pero esta elección, si ha de poder alcanzar tal finalidad, ha de poder recaer -como alternativa posible- en la alternativa de no realizarse, y, por tanto, esa alternativa ha de poder tener algún lugar en el proceso de evaluación. En el presente caso, ni se contempla la alternativa 0, ni se realiza un análisis de otras posibles alternativas a la actuación…”.

Como sabréis, estos dos únicos motivos estimados fueron recurridos en casación por el Ayuntamiento de Madrid, por la Comunidad de Madrid y por la Cooperativa Residencial Metropolitan, pero fueron ratificados por el Tribunal Supremo en sus sentencias de 16-feb-2021 (recursos de casación 8387/2019 y 8388/2019).

Por tanto, los únicos reproches de nulidad estimados por los Tribunales fueron exclusivamente formales, relativos a la insuficiencia de sendos informes, de viabilidad y ambiental, pero sin afectar en ningún caso a ninguna de las determinaciones urbanísticas de la Modificación Puntual (cesiones, edificabilidades, usos, etc.), que es lo que verdaderamente hubiera llevado a replantearse la virtualidad de la Modificación Puntual.

Fue precisamente esta limitada eficacia anulatoria la que determinó la inmediata iniciativa municipal para reactivar la Modificación Puntual manteniendo fundamentalmente las mismas determinaciones urbanísticas, no afectadas de nulidad por las sentencias comentadas, pero, eso sí, cuidándose muy mucho de completar esos dos informes de viabilidad y medioambiental conforme a las directrices marcadas por las comentadas resoluciones judiciales.

Por eso, una vez más, resultan inadmisibles los intentos de manipulación de las asociaciones socialpodemitas y de sus terminales políticas y mediáticas, como, por ejemplo, las declaraciones del inefable ex-concejal de Urbanismo con Carmena, José Manuel Calvo, cuando en el Pleno en el que se aprobó provisionalmente el nuevo APE 07.07 “Parque Metro Cuatro Caminos”, no se cortó un pelo al afirmar que siguen existiendo “serias dudas jurídicas” y que teme “que va a pasar lo mismo” (esto es, nuevas nulidades judiciales) porque “es imposible cumplir los estándares de la Ley del Suelo, mantienes las edificabilidad o cumples las cesiones, es decir, o amplías la parcela o rebajas viviendas” (sic).

Este señor es Arquitecto y fue Concejal de Urbanismo. Por tanto, conoce perfectamente el caso y sabe de sobra que los Tribunales sostuvieron la legalidad de todas las determinaciones urbanísticas de la Modificación Puntual de 2014, por lo que ningún problema hay en mantenerlas en el Proyecto actual. Pero de lo que se trata es, una vez más, y ya hemos perdido la cuenta, de tergiversar, de enturbiar, en definitiva, de manipular.

Por eso, frente a esta burda manipulación e intoxicación a la opinión pública, ninguna medicina mejor que la transparencia informativa. Y no otro es mi afán al escribiros estas palabras.

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¿Alguien tiene novedades de la torre?

Se aprecia movimiento en el solar donde estaban las cocheras.
Han colocado señalizaciones de obra.


¿Será que van a iniciar la construcción de las nuevas cocheras, que van soterradas?

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Es probable que se trate de los trabajos de descontaminación de la zona donde había depósitos de gasóleo. Metro los licitó hace meses y han de hacerse antes de ejecutar cualquier otra actuación.

El cartel de la adjudicataria coincide:

Me parece que el APE aprobado por el Ayuntamiento en febrero aún tiene que recibir el visto bueno de la Comunidad de Madrid.

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Fea es, pero creo que en la realidad va a quedar mejor de como se ve en el render.

Va a quedar mejor porque no se va a hacer esa.

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Mejor

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Qué ha pasado con la sede de Metro Madrid de Plaza Castilla? Van a iniciar la fase 2 algún día?

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Que desesperación. Asi nos pasa

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Tu lo has dicho “algun dia”

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¿Alguien sabe en qué estado está esta operación? ¿algún proceso estancado en los juzgados? Es cansina de narices…

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Los cooperativistas están reclamando al nuevo consejero de vivienda de la Comunidad de Madrid que desatasque la tramitación del APE porque creo que uno de sus cargos de Urbanismo quiere devolverlo (o lo ha devuelto) al Ayuntamiento para que haga algún trámite en aplicación de la nueva ley de vivienda que el PP ha dicho que va a derogar si gana las elecciones del 23J.

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Es enfermizo esto ya

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Hace que no me meto el hilo unos 5 meses sin exagerar.
Veo que aun no han empezado nada :face_with_raised_eyebrow: :face_with_raised_eyebrow:

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Bienvenido a España.

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Más madera…

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