Comunidad de Madrid: Sanidad

Lo que tuvo como derivada, entre otras cosas, el calvario de Mónica Oltra. Un claro aviso a navegantes

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https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=143&fin=158&tipo=2

Artículo 148
Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.

2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.

3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.

4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.

5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.

6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.

7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

8.ª Los montes y aprovechamientos forestales.

9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.

10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.

11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.

12.ª Ferias interiores.

13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

14.ª La artesanía.

15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.

16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.

17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.

18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.

19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

20.ª Asistencia social.

21.ª Sanidad e higiene.

22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.

Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.

Y ahora el estatuto de autonomía de la CAM.

Artículo 27.

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución de las siguientes materias:

  1. Régimen local.

  2. Régimen jurídico y sistema de responsabilidad de la Administración pública de la Comunidad de Madrid y los entes públicos dependientes de ella, así como el régimen estatutario de sus funcionarios. Contratos y concesiones administrativas, en el ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid.

  3. Régimen de los montes y aprovechamientos forestales, con especial referencia a los montes vecinales en mano común, montes comunales, vías pecuarias y pastos.

4. Sanidad e higiene.

  1. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social.

  2. Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.

Ejercicio de las profesiones tituladas.

  1. Protección del medio ambiente, sin perjuicio de la facultad de la Comunidad de Madrid de establecer normas adicionales de protección. Contaminación biótica y abiótica. Vertidos en el ámbito territorial de la Comunidad.

  2. Régimen minero y energético.

  3. Protección de los ecosistemas en los que se desarrollen la pesca, acuicultura y caza. Espacios naturales protegidos.

  4. Defensa del consumidor y del usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, las bases y coordinación general de la sanidad, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en los números 11ª, 13ª y 16ª del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

  5. Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social. La Comunidad de Madrid podrá regular, crear y mantener su propia televisión, radio, prensa y, en general, todos los medios de comunicación social para el cumplimiento de sus fines.

  6. Ordenación farmacéutica y establecimientos farmacéuticos, sin perjuicio de lo dispuesto en la materia 16ª del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

  7. Bienes de dominio público y patrimoniales cuya titularidad corresponda a la Comunidad, así como las servidumbres públicas en materia de sus competencias.

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La Constitución española de 1978.

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado

Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas

Artículo 148
Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

21.ª Sanidad e higiene.

Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Artículo 27.

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución de las siguientes materias:

4. Sanidad e higiene

No sé qué es lo que no se entiende de este tema.

Y yo no sé lo que no entiendes de lo que yo he planteado.

Ponlo más en negrita y más alto si quieres!

La Ley que permite este asunto en todas las comunidades es la de 1997, no la Constitución.

Pero vamos, que ha sido la propia ministra quien ha dicho que el Estado puede hacer algo.

En 20 años nadie ha parecido preocuparse. Y ahora realmente alguien se preocupa? O es solo un anuncio irrealizable? Tantos años denunciando lo que ocurre y ningún gobierno se ha preocupado en solucionar esto?

Dónde han estado todos estos años los y las ministras a los que les preocupaba tanto este problema? Y la ministra de ahora? Que no ha hecho nada y de pronto, sabiendo que no puede hacerlo… lo que hace es un anuncio?
Por cierto, se supone que la ministra actual era una gran conocedora de este asunto, además de gran denunciadora de esta situación, y también gran enemiga de la presidenta actual de la comunidad.

Cuando se hizo ministra no pensó en arreglar esto que le quitaba el sueño desde un principio? Que la comunidad haga este asunto mal, no le quita responsabilidad al Estado por permitirlo en todos sus territorios. Todos tienen su responsabilidad. Y el Estado, pues también, incluso más por permitirlo.
Si el Estado no puede tener control sobre lo que hacen sus territorios… pues… mal, muy mal va la cosa.

Vamos a ver, el estado puede que tenga la ultima palabra y que de un golpe de efecto sacándose la chorra para golpear la mesa con un 155, interviniendo…

…pero la competencia está transferida y la gestion es de la CAM:

EN LOS HOSPITALES NO HAY CARTELERIA DEL MINISTERIO SINO DE LA CAM…

…PORQUE SON SU RESPONSABILIDAD

.

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R. A derogarla. Sí, sí.

Que de verdad no se entiende lo que ha dicho la Ministra?

Ojalá el Estado hubiera hecho algo hace 20 años, o hace 15, o hace 10, o hace 5 y no haber llegado a este punto de ahora.

Esta ley, que permite esto, esta desde 1997, no desde que se aprobó la constitución. La constitución en ningún momento menciona este asunto. La ley, es la que se añade después a la legislación Española y es la que esta aún en vigor porque nadie, absolutamente nadie la ha cambiado.
Muchos que critican esta situación actual y solo lo denuncian en la CAM y no en otros lugares del territorio Español, cuando pudieron, no hicieron absolutamente nada para cambiarla, derogarla, etc. Pero nada de nada de nada. En los últimos 5 años, Tampoco.

El Estado es corresponsable de lo que ocurre en la CAM y en Cataluña. También en el resto de sus territorios. En todos y cada uno de ellos. Islas y ciudades autónomas, hasta en el Peñón del Perejil.

Mira,una ley del gobierno de Aznar.

Daba unas posibilidades.

Unas comunidades han hecho uso de ciertas opciones, otras no (otro motivo mas para poder decir que la responsabilidad de la gestión es de las CCAA, porque si no, todas habrian hecho lo mismo).

Se ha detectado un abuso y el gobierno va a legislar para impedir que las empresas privadas puedan abusar del sistema que gestionan las CAM.

Una cosa es que el gobierno pueda legislar, y otra cosa diferente es de quien es responsabilidad aplicar las leyes en la gestión.

¿Lo entiendes ya?

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Todas, absolutamente todas las comunidades tiene todo tipo de convenios, conciertos etc con empresas privadas en temas sanitarios. En mayor o menor medida. Cataluña es la que va a la cabeza en gasto sanitario en empresas privadas. Hasta Ceuta y Melilla que las controla casi directamente el ministerio tiene sus conciertos y convenios con la empresa privada. Nadie se libra. Nadie.

El gobierno no va a legislar. No puede. Todos sabemos la situación actual del gobierno.
Lo que ha hecho la ministra es un simple anuncio. Anuncio en época electoral.

Llego Zapatero y no la cambió, ni la derogó. (7 años y medio)
Llego Rajoy y pues tampoco (6 años y medio)
Llego Sánchez y ya vemos lo que ocurre. Ahí sigue la ley. (7 años y medio)

casi el 69% del tiempo el partido Socialista y no cambió la Ley. El partido popular el 31 % restante de este tiempo y tampoco lo cambió.

Es co-responsabilidad del Estado.

Sobre todo cuando por lo visto se lleva denunciando esta situación desde la época de Esperanza Aguirre.
La última ministra, Mónica García, ha tenido años para hacer algo, y no ha movido ni un dedo.
Supuestamente ella, sabia mejor que nadie la situación en la CAM. Pudo cambiar algo, y sin embargo no lo hizo. Supuestamente ella era muy conocedora de esto, y una gran denunciante en su momento. Sin embargo… No ha hecho nada. Bueno si, ahora hace algo, un anuncio.

La CAM aplica las leyes que dicta el Estado. Y el Estado permite que la CAM gestione de esa manera. O Cataluña de aquella, o quien sea, de la forma en que lo hace.
La CAM no esta infringiendo las leyes del Estado. No te gusta como lo gestiona? El Estado permite que lo haga de dicha forma. Al llegar al poder, un presidente que no este de acuerdo con esta ley de 1997 que permite este tipo de atropellos (que no tiene nada que ver con la constitución, por cierto) puede cambiarla, mejorarla, derogarla, ampliarla… Mil cosas.
Pero esto no ha sucedido desde que se parió la Ley en 1997.

En este tipo de cosas hay que tener un sentido critico profundo. No quedarse en la superficie y no querer ver mas allá porque no se quiere ver la dimensión mas grande de este problema.
En la vida, a veces hay que hacer de tripas corazón y dejar las afinidades, las filias y las fobias a un lado y analizar los problemas como lo que son y en todo su globalidad, profundidad y complejidad. Y no ver tan solo una parte de la realidad porque el resto no interesa verlo.

El Estado, debe garantizar la igualdad entre españoles. La seguridad, la educación y la sanidad. Y si algo falla, hay que legislar para que esos errores no ocurran. De lo contrario, el Estado para que sirve? y la Ministra?

El Estado es corresponsable en todo lo que ocurre en sus territorios. En todas las cuestiones. En las que ocurren en Portugal, pues no! Pero en sus territorios, pues si.

Um ajá sí.

Aceptamos barco como animal acuático.

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El estado no tiene competencias en la forma en que gestiona el personal las CC.AA., tampoco en cuanto presupuesto per cápita dedican a sanidad, ni cuantos médicos y enfermeras se contratan, ni cuantos hospitales tienen, ni cuantos centros de salud, ni cuantas camas hay disponibles. Tampoco puede decidir sobre cerrar las urgencias ambulatorias o el número de ambulancias.

Entiendo que quieres repartir culpas, pero el estado apenas tiene nada que decir en sanidad. España es un estado fuertemente descentralizado, casi federal de facto. España no es Francia a nivel administrativo. Es mucho más parecida a Alemania o EE.UU.

No. La Constitución Española de 1978 indica, como ya te he señalado, las competencias de las diferentes administraciones.

La sanidad es una competencia autonómica. Las autonomías son las que gestionan el sistema sanitario y deciden los recursos que destinan a él. El estado no puede decirle a una CC.AA. cuantos médicos tiene que contratar, ni durante cuanto tiempo, ni cuantos hospitales debe construir, etc.

El grupo cuenta con tres centros en Madrid con el mismo sistema de Torrejón, pero uno con un modelo distinto: “La rentabilidad de la Jiménez Díaz es tan alta que compensa cualquier desequilibrio”

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Existe una intencionalidad manifiesta en no comprender absolutamente nada de lo que estoy planteando por parte de algunos!!!

No sé cuáles son los motivos de esa niebla que impide comprender lo que comunico, pero a mí no me paga ningún partido político ni soy militante de ninguno de ellos. Ni siquiera simpatizante.

En fin! Llegados a ese punto, no hay mucho más que decir.

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Te estamos diciendo como es el sistema, no como podría o debería ser. El sistema es claro, son las CC.AA. gestionan la sanidad, las que deciden lo que invierten en sanidad, las que deciden cuanto personal contratan, las que deciden cuantos hospitales construyen, etc. Ni siquiera los fondos que aporta el estado a las CC.AA. son finalistas. El estado no puede obligar a las CC.AA. a destinar más o menos dinero a sanidad.

Lo óptimo sería que fuera el estado el gestor único de la sanidad por una evidente cuestión de sinergias, pero las cosas son como son, no como queremos que sean.